La
reciente reforma constitucional en Cuba ha tenido la indiferencia de
buena parte de los comunicadores locales1.
Tal vez por la escasa atención que merecen las noticias que
fortalecen el rumbo autónomo del pueblo cubano en general, vigente
desde el mismo hecho de la revolución de 1959, o por la reticencia
a admitir sus formas de participación política para elegir sus
autoridades y sus normas; o bien, se trata de la negación
sistemática del colonialismo cultural que insiste en mantener una
idea de los pueblos latinoamericanos divididos entre sí. La reforma
integral de la constitución cubana, constituye, a mi juicio, un
ejercicio pleno de la autodeterminación del pueblo, en el sentido
que este derecho en el orden internacional público es entendido: la
facultad del pueblo para decidir el tipo de desarrollo económico,
político, social y cultural, sin aceptar ninguna forma de injerencia
externa. Este hecho, además de ser una extraordinaria muestra de
carácter del pueblo cubano, por su continuidad en el tiempo frente
al hostigamiento estadounidense, es también un testimonio valioso de
orientación para los pueblos latinoamericanos, que contrasta con la
renuncia a la soberanía de parte de varios gobiernos de la región
conducidos por las elites locales y merece una especial atención
para quienes creemos en la necesidad de la unidad continental.
Destaca la fortaleza institucional del proyecto nacional cubano,
frente a la descomposición institucional de países como Argentina y
Brasil. Una vez más, desde Cuba nos llega un testimonio poderoso de
resistencia política y cultural.
La
reforma es un hecho político de trascendencia interna para los
cubanos, ya que implica consolidar el proceso histórico iniciado en
enero de 1959, de perfiles antioligárquico, nacional y
democrático-socialista, ahora conducido por el actual Presidente
Miguel Díaz Canel Bermúdez. La sucesión de Fidel y la reforma
constitucional constituyen dos hechos de relevancia que fortalecen la
autodeterminación del pueblo, en el ciclo abierto tras la sucesión
de conducción política del país del histórico líder.
Cuba,
su condición nacional.
Cuba
ha destacado en la región por su persistente opción socialista,
aunque, especialmente merece un reconocimiento la valiosa decisión
previa de autodeterminarse, con un fuerte sentido patriótico, desde
que Fidel Castro inspiró su insurrección en José Martí, figura
central en la lucha por la independencia del país. En el curso de
los acontecimientos contemporáneos, tras la caída de la URSS
-aliado geopolítico y principal proveedor de recursos económicos- y
deshecha su área mundial de influencia, el ejercicio de la soberanía
lleva al pueblo cubano a, sin dejar de insistir en los principios
socialistas de organización de la vida social, buscar nuevos caminos
para mejorar el bienestar general del pueblo. Hay problemas en la
producción y distribución de bienes y servicios, pero no hay
monopolios trasnacionales que dominen la economía. La necesidad de
la transformación de su estructura económica, hacia una de mayor
productividad en calidad, diversidad y cantidad, sin caer en una
propia de los países dependientes, ha sido uno de los motivos de la
reforma que aquí comentamos, que parece estar guiada por certeza que
la decisión de autodeterminarse es la condición para el desarrollo
productivo y socialmente justo.
La
nueva Constitución de la República de Cuba fue proclamada el 10 de
abril de 2019, por la Asamblea Nacional del Poder Popular, órgano
político máximo y soberano del país. La fecha elegida para su
proclama tiene una carga simbólica específica, de contenido
patriótico y antiimperialista, ya que el 10 de abril de 1869 fue
aprobada la primera Constitución de la República en Armas de Cuba,
de Guáimaro, en pleno desarrollo de su lucha contra el colonialismo
español.
Cuba
tuvo varias constituciones, desde la Constitución de Cádiz de 1812,
sancionada en esa ciudad española, hasta la Constitución de la
República de 1901, en la que la ocupación militar estadounidense
impuso la Enmienda Platt, que le daba a Estados Unidos la facultad de
intervenir en Cuba, y configuraba un régimen colonial. En 1940, se
sancionó una nueva Constitución, de avanzada democrática y social
en la época, y luego derogada por la dictadura de Batista. El
primero de enero de 1959 triunfó la revolución conducida por Fidel
Castro para ir hacia “la verdadera independencia nacional de Cuba”,
como decía el ensayista cubano Antonio Nuñez Jimenez. Sobre esto,
mucho tiempo después, Raúl Castro Ruz explicó: “La Revolución
fue fuente de derecho, fue ella quien les dio la tierra a los
campesinos, la que garantizó el acceso gratuito y universal a la
educación, la que puso la salud pública al servicio de los
ciudadanos, la que garantizó la igualdad de los cubanos, la que
nacionalizó con el respaldo popular las grandes propiedades en manos
de compañías extranjeras que explotaban a nuestros compatriotas”2.
La
reforma actual viene a sustituir la sancionada en 1976, cuando en
plena geopolítica del orden mundial bipolar y de la guerra fría, se
declaró la “amistad fraternal con la URSS”. El 15 de febrero de
1976 se realizó un referendo popular, donde participaron 5.600.000
electores (sobre una población de 9.500.0003),
por el cual el pueblo cubano aprobó la primera Constitución
Socialista de Latinoamérica. Esta norma fundamental tuvo varias
modificaciones, como en 1992, para enfrentar la grave crisis social
durante el Período Especial, y en 2002, para afirmar el carácter
irrevocable del socialismo y el rechazo a toda forma de amenaza y
coerción de una potencia extranjera. Desde entonces hasta ahora, el
pueblo cubano ha venido sufriendo una estrategia continua para
desestabilizar a sus gobiernos, presiones para modificar sus sistema
político y social, y una guerra económica con un bloqueo comercial
asfixiante de para de los Estados Unidos que, en el presente año, ha
recrudecido. Como señala Andrés Zaldívar Diéguez, la doctrina
histórica de los imperios sobre la guerra económica, “se
incorporó de inmediato a la teoría y la práctica norteamericanas
de guerra económica, y, como veremos más adelante, se aplicó de
esa manera contra Cuba a partir de 1959, con la diferencia de que se
programó y en muchas ocasiones se han destruido importantes
objetivos económicos mediante procedimientos terroristas sin que
mediara estado de guerra declarada, impidiendo o dificultando luego
su reconstrucción o reposición por las medidas de bloqueo”4.
La
reforma constitucional.
El
24 de febrero de 2019, el pueblo de Cuba brindó su apoyo mediante
un referéndum, al proyecto de la nueva Constitución, entre el 13 de
agosto y 15 de noviembre de 2018. De una población total de algo más
de once millones de habitantes y un padrón de 8 millones 705 mil
723, votaron 7 millones 848 mil 343 electores. A favor, lo hicieron 6
millones 816 mil 169, el 86,85 % de los electores que votaron, y en
contra 706 mil 400, el 9 %[i].
El proceso electoral tuvo un alto índice de la participación, el
90%. Vale la precisión, para echar por tierra las imputaciones
falsas sobre el carácter antidemocrático del sistema político
cubano, cuando está establecido constitucionalmente y por leyes
inferiores, un sistema electoral con características propias, por
medio del cual las bases participan activamente. Aunque pueda no
estar exento de cuestionamientos y mejoramiento, el pueblo ejerce su
derecho a participar con la misma convicción, o más, que en otros
países. Además, contó con un previo e interesante proceso de
consulta en donde hubo debate con posiciones encontradas, y del cual
resultó que la Comisión redactora hiciera 760 cambios, que van
desde una palabra hasta la incorporación de un artículo completo,
como el supuesto del derecho a contar con un abogado desde el mismo
momento de la detención. Aunque se debatió también la posible
regulación expresa del matrimonio igualitario –quedó la puerta
abierta- y la elección directa del Presidente y el Vice, que se
desechó5,
así como la inclusión expresa o no del socialismo como forma de
organización social, que inicialmente no estaba en el primer
borrador de la reforma constitucional, dando cauce a un fuerte debate
en la isla y ratificando lo decidido en 2002. La cuestión sobre la
necesidad de revitalizar el concepto de socialismo es un asunto
debatido, como cuando se lo señalaba como parte de “una
transposición del sistema institucional soviético”, cuya
expresión mayor era la Constitución de 19766.
En
cuanto a su contenido, la nueva Constitución, que cuenta con 229
artículos, declara desde el Preámbulo los valores principales de
Cuba, como una “patria libre, independiente, soberana, democrática,
de justicia social y solidaridad”, denuncia la “ocupación
militar del imperialismo yanqui en 1898” y reivindica a los que
“lucharon durante más de cincuenta años contra el dominio
imperialista y la explotación social”. De igual manera, proclama
la guía del pensamiento “revolucionario, antiimperialista,
marxista cubano, latinoamericano y universal” y al Partido
Comunista Cubano como garante de la unidad nacional.
En
su artículo 1, en el capítulo I de los principios fundamentales,
consagra a Cuba como “un estado socialista de derecho y justicia
social”, y al PCC como “fuerza política dirigente superior la
sociedad y el estado” (art. 5). Proclama la construcción del
socialismo y el fortalecimiento de la unidad nacional como fines
esenciales del Estado, entre otros, así como el estímulo estatal “a
las organizaciones de masas y sociales que agrupan en su seno a
distintos sectores de la población”.
En
el capítulo II, dedicados a las relaciones internacionales, la
reforma consagra -en línea generales con lo que ya estaba dispuesto
en la Constitución de 1976- los principios del antiimperialismo y
del internacionalismo, del derecho a la libre determinación de los
pueblos, el de no uso de amenazas ni de la fuerza, de la igualdad
entre las naciones, con base en la Carta de las Naciones Unidas; la
integración de los países de América Latina y del Caribe, la
unidad de los países del Tercer Mundo y condena al colonialismo en
todas sus formas, a los bloqueos, y promueve el multilateralismo y la
multipolaridad como alternativa a la dominación (art. 16).
El
título II lo dedica a los fundamentos económicos, en donde describe
a la economía del país como de “carácter económico socialista
basado en la propiedad de todo el pueblo sobre los medios de
producción” (art. 18), con la dirección del Estado y el rol
protagónico de los trabajadores. El artículo 22 regula la
existencia de diferentes formas de propiedad: la socialista, la
cooperativa, de las organizaciones políticas, de masas y sociales,
privada (“la que se ejerce sobre determinados medios de producción
por personas naturales o jurídicas cubanas o extranjeras; con un
papel complementario en la economía”), mixta, de instituciones y
formas asociativas, personal (“a que se ejerce sobre los bienes
que, sin constituir medios de producción, contribuyen a la
satisfacción de las necesidades materiales y espirituales de su
titular”). Al final, dice: “todas las formas de propiedad sobre
los medios de producción interactúan en similares condiciones; el
Estado regula y controla el modo en que contribuyen al desarrollo
económico y social”.
Continúa
con la regulación de la propiedad socialista de todo el pueblo sobre
los recursos naturales, imprescriptibles e inalienables, y la
propiedad socialista del pueblo sobre la infraestructura, las
principales industrias y otros bienes de carácter estratégico.
También le otorga al Estado la facultad de “crear y organizar
entidades empresariales estatales”, y define a la empresa estatal
socialista como “el sujeto principal de la economía nacional”.
El artículo 28 dispone garantizar “la inversión extranjera como
elemento importante para la economía”, y el 30, el derecho a la
propiedad de personas no estatales.
Más
adelante, la nueva Constitución estipula sobre la importancia de la
educación y la cultura, con eje en la historia y la identidad
nacional, e incluye normas sobre protección de los derechos humanos,
los principios de progresividad, igualdad y no discriminación, el
derecho a la información, al acceso a los datos personales, a la
igualdad de género, al reconocimiento y protección de la familia
“cualquiera sea su forma de organización”.
La
parte orgánica de la reforma establece, como principio general de
organización, la democracia socialista, y consagra a la Asamblea
Nacional del Poder Popular como el órgano supremo del poder del
Estado, de potestad constituyente y legislativa, con diputados
elegidos por el voto libre, igual, directo y secreto de los
electores, con un período de cinco años. La reformulación del
sistema política al incorporar las figuras del presidente de la
República y el primer ministro, con un límite de dos mandatos
presidenciales consecutivos, pero manteniendo el rol rector del
Partido Comunista de Cuba (PCC) y de la mencionada Asamblea Nacional
del Poder Popular. Esta Asamblea es la encargada de elegir al
Presidente y Vice de la República, al Consejo de Estado, al
Presidente del Tribunal Supremo Popular, al Fiscal General y al
Contralor; a los magistrados del Tribunal Superior Popular y al
Primer Ministro. También tiene el poder de revocar o sustituir.
Reflexiones
provisorias.
En
una primera lectura, entiendo que la reforma constitucional le sirve
de plataforma para la renovación del proyecto nacional cubano, cuyo
eje principal es el ejercicio de la autodeterminación, tanto en su
posición geopolítica de autonomía frente a las potencias
mundiales, en especial frente a los Estados Unidos, y la orientación
de unidad continental; como en el orden interno, con la reafirmación
del socialismo. La reforma constitucional, en particular lo relativo
a la regulación de la inversión extranjera y de las diferentes
formas de propiedad, crea un marco normativo rector para el diseño
de políticas públicas para afrontar los grandes desafíos. Entre
estos desafíos, el de la necesidad de un desarrollo productivo
amplio, inclusivo y diversificado, garantizando la autonomía
económica, en un espacio geográfico y demográfico limitado, y en
un contexto mundial complejo.
El
escenario económico requiere de modificaciones para el bienestar
general y el crecimiento del país. El PBI creció un 1.7 % anual
entre 2014 y 2018, con un volumen de 87.000 mills de dólares aprox..
La dependencia energética y de la importación de manufacturas y
bienes de capital, los obstáculos para obtener divisas y el asunto
de la doble moneda, el déficit crónico en el comercio exterior, la
baja producción industrial, los problemas de eficiencia de las
empresas estatales, el aumento de la deuda externa, configuran un
escenario de grandes dificultades. La producción manufacturera aún
es débil y la economía parece ser traccionada, principalmente, por
el turismo y la tradicional industria azucarera y la minera con el
níquel especialmente; el comercio exterior depende en buena medida
de la exportación de servicios profesionales, como el médico o la
enfermería, mientas el vínculo comercial con Venezuela se ha
deteriorado por la crisis de este país. Aun así, Cuba mantiene sus
históricos importantes logros sociales, como el de ser el único
país sin desnutrición infantil en el continente, como sostiene
UNICEF, y un sistema educativo, en todos sus niveles, ejemplar7.
En
este contexto difícil, Estados Unidos ha decidido implementar
fuertemente la Ley Helms-Button de 1996 y habilitar los juicios por
las confiscaciones realizadas hace sesenta años por la revolución,
lo que agrava aún más el frente externo y la manera de su inserción
en las relaciones internacionales. La Exxon-Mobil demanda en un
tribunal federal de Estados Unidos a la empresa estatal cubana
Cuba-Petróleo, y a la empresa CIMEX S.A. –encargada de manejar las
remesas–, por una refinería, gasolineras y otros activos
incautados en 1960. Aún así, Cuba presenta importantes relaciones
de solidaridad con Venezuela y Nicaragua, así como ha profundizado
el acercamiento con Rusia, China, Canadá y la Unión Europea.
La
nueva Constitución expresa la intención de mantener la
planificación centralizada del Estado, pero con una apertura al
sector privado y a las inversiones extranjeras, en lo que podría
llegar a ser un giro hacia una especie de economía mixta. Para
algunos, esto es una camisa de fuerza que impedirá el crecimiento8.
Por mi parte, rescato el carácter de autodeterminación y de firmeza
en la búsqueda de soluciones propias, que no provengan de manuales
importados y ajenas a su realidad; esa intención de no ir al almacén
a comprar... con el manual del almacenero.
Como
dijimos al principio, la autodeterminación nacional es el valor a
reivindicar del proceso constituyente, aunque ello no signifique
aislarse sino asumir una posición conjunta en la manera de
integrarse al mundo, en defensa del interés propio. La zoncera de la
autodenigración nacional, que funciona en Argentina, parece no tener
cabida en Cuba. Tal vez, uno de motivos pueda ser la escasa presencia
del discurso del odio y la denigración de los medios de comunicación
concentrados. Decía el historiador argentino, el recordado Fermín
Chávez, “cada pueblo da en su momento su propia contestación
original al llamado de la historia, sin reglas absolutas prefijadas
ni medidas dictadas desde ese mundo que Sarmiento llamaba
Civilización”9.
Una reflexión adaptable para el escenario en el cual está el pueblo
cubano, como se vislumbra en las palabras del propio Miguel Diaz
Canel Bermúdez, Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros:
“Nos
proponemos poner en marcha de inmediato medidas económicas
pendientes que tienen que ver con demandas y necesidades; con la
reorganización del comercio interior; con el funcionamiento del
sistema empresarial, las cooperativas agropecuarias y no
agropecuarias y el trabajo por cuenta propia. La agricultura, las
producciones exportables, el turismo, la sustitución de
importaciones, la inversión extranjera y el encadenamiento
productivo con toda la producción nacional posible, estarán en el
centro de nuestras acciones como Gobierno”.
Al
fin y al cabo, el destino de Cuba está atado a la posibilidad de una
unidad continental soberana, en el ideario de la patria grande
compartido por las figuras históricas latinoamericanas más
relevantes incluidas las de Martí y Fidel, fortaleciendo las
relaciones de solidaridad, cooperación y trabajo conjunto, en el
medio de las transformaciones mundiales, dejando atrás la actual
posición artera, y hasta vergonzante, de importantes estados
sudamericanos como
Argentina y Brasil.
Mayo, 2019.
1
http://www.granma.cu/file/pdf/gaceta/Nueva%20Constituci%C3%B3n%20240%20KB-1.pdf.
Sitio consultado el 28/05/2019.
2
http://www.cubadebate.cu/opinion/2019/04/11/raul-castro-esta-constitucion-deviene-en-un-legado-para-las-nuevas-generaciones-de-cubanos/#.XOxOG3VKjIV.
Sitio consultado el 28/05/2019.
3
https:/datosmacro.expansion.com/demografia/poblacion/cuba.
Sitio consultado el 28/05/2019.
4
Zaldívar Diéguez, Andrés. “Bloqueo El asedio económico más
prolongado de la Historia” (2003), La Habana: Editorial Capitán
San Luis.
5
http://www.cubadebate.cu/noticias/2018/12/18/presentan-cambios-en-el-proyecto-de-constitucion-derivados-de-la-consulta-popular/#.XowQldIzbcu.
Sitio consultado el 28/05/2019.
6
Acuy, Hugo, en “La reforma de la constitución socialista de
1976”, en “La democracia en Cuba y el diferendo con los Estados
Unidos”, (1996). La Habana: Instituto Cubano del Libro.
7
http://www.fao.org/in-action/agronoticias/detail/es./c/508233/.
Sitio consultado el 28/05/2019.
8
Una mirada crítica por Ricardo Torres en:
http://www.sinpermiso.info/textos/cuba-desafio-formidable.
Sitio consultado el 28/05/2019.
9
Chávez, Fermín, “Historicismo e iluminismo en la cultura
argentina”, (1957) Buenos Aires: Trafac.
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